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Legislación en salud y normas de atención semana #21

                     Legislación en salud y normas de atención

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social  (MSPAS) presentó hoy públicamente las Normas de Atención en Salud Integral para el Primero y Segundo Nivel, con enfoque por etapa del curso de vida, y para mejorar la  atención en los diferentes programas, como: Salud materna, salud de la niñez, salud reproductiva, ITS/VIH, malaria, nutrición, inmunizaciones, entre otros.

Estas normas permiten fortalecer la atención en el primero y segundo nivel del sistema sanitario, favorecer la atención integral y diferenciada. Las Normas aplican con enfoque intercultural, de género, y de derechos humanos.



 
Una de las funciones de la cooperación técnica de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) es el apoyo a la formulación de normas y procedimiento para proteger la salud y alcanzar la seguridad. Las Normas de Atención incorporan el enfoque continuo de atención, eso implica el uso racional de las nuevas y mejores evidencias disponibles, para ponerlas al servicio de las comunidades.
 
Como parte de la implementación de este programa OPS/OMS apoyará un Diplomado en Normas de Atención, dirigido a prestadores de servicios de salud, el cual comenzará el próximo año, en las áreas de Quiché, Ixil, Ixcán, Alta Verapaz y Huehuetenango, en la primera fase. Este proceso se ejecutará con fondos de la Agencia Sueca de Desarrollo Internacional (ASDI), y la Real Embajada de Noruega.
 
El Ministro de Salud, Ludwig Ovalle, dijo que el lanzamiento de las  Normas de Atención en Salud Integral para el Primero y Segundo Nivel, “son parte fundamental de la función de rectoría de la cartera de salud. Las mismas,” - explicó el Ministro – “permiten brindar atención a los y las guatemaltecas con calidad, calidez, dignidad y humanismo. Queremos que los niños, los adolescentes, las mujeres y las personas de la tercera edad, cuando se acerquen a nuestros servicios, reciban atención adecuada y de acuerdo a sus necesidades”, destacó.

La salud sexual y reproductiva es un ejemplo de cuidados continuos,  ya que por medio de  actividades de promoción y protección de la salud dirigida a los adolescentes, contribuyen a decidir el momento más oportuno para el comienzo de las relaciones sexuales, disminuir el riesgo de contagio de enfermedades, como el VIH;  mejorar el uso de método anticonceptivos, y a las mujeres decidir en qué momento embarazarse.

Con estos mecanismos de atención también se fomenta la consulta preconcepcional de las mujeres, para conseguir un embarazo en las mejores condiciones y disminuir el riesgo de enfermar o morir; mejorar la calidad del cuidado durante el embarazo, parto y puerperio; y prevenir el cáncer del cérvix, entre otras enfermedades. Además estos procedimientos permitirán darle seguimiento a los cuidados del recién nacido.

Pier Paolo Balladelli, Representante  de la Organización Panamericana de la Salud en Guatemala, manifestó la satisfacción de la OPS/OMS por los cambios que se están haciendo en el sistema de salud, pues el país tiene el desafío de llevar atención de calidad a las áreas rurales y urbanas, más alejadas del área metropolitana, especialmente a los grupos que han sido marginados, como las mujeres e indígenas.

El representante de OPS/OMS en Guatemala agradeció el compromiso y la entrega del personal del Ministerio de Salud, que se dedicaron a la formulación de las Normas.
 
Balladelli recordó las palabras de Mirta Roses, directora de OPS: “Debemos continuar en ese empeño crucial para alcanzar la meta superior de salud para todos,  con todos y por  todos, en todos los niveles de la acción sanitaria, y a lo largo de todas las etapas del curso de vida”.


La base legal para la legislación de la salud en Guatemala comienza en la Constitución Política de la República; y de ella se derivan, códigos, reglamentos y decretos, como ejemplo: Código de Salud. Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Ley de la maternidad Saludable.(decreto ) Ley de desarrollo social. Ley de Seguridad Alimentaria y nutricional. La Constitución Política de la República de Guatemala. Es la máxima ley, parte de los derechos inalienables de la persona humana y los fines y deberes del Estado para proteger la vida, la libertad e igualdad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona en lo individual, familiar y colectivo. En su sección séptima describe sobre la Salud, Seguridad y Asistencia Social, artículos del 95 al 99 en donde hace referencia sobre: Derecho a la salud el goce de la salud, la asistencia social de todos los habitantes, con acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social, además es un bien público por lo que todas la personas están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento.
En el Código de Salud (Decreto 90-97) del Congreso de La República se establece que la salud, es un derecho y es un producto social resultante de la interacción entre el nivel de desarrollo del país, las condiciones de vida de las poblaciones y la participación social, a nivel individual y colectivo, a fin de procurar a los habitantes del país el más completo bienestar físico, mental y social. El estado, a través del Ministerio de Salud Pública y demás instituciones públicas, velará porque se garantice la prestación del servicio de salud a toda persona guatemalteca, en forma gratuita. 3 El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social: Formula las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico a la salud preventiva y curativa. Establece acciones de protección, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental de los habitantes del país. Fomenta la Preservación higiénica del medio ambiente. Orienta y coordina la cooperación técnica y financiera en salud. Vela por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales relacionados con la salud en casos de emergencias por epidemias y desastres naturales. Dirige en forma descentralizada el sistema de capacitación y formación de los recursos humanos del sector salud 2 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social: Establece la estructura interna y funciones así como la organización desarrollo de los servicios de salud con base en los principios de desconcentración descentralización de sus procesos técnicoadministrativos Políticas, planes, programas de salud. El Ministerio de Salud con el objeto de asegurar la salud de la población, formula, organiza, dirige, conduce, ejecuta y evalúa las políticas, planes, programas y proyectos de salud, asignando los recursos financieros, humanos, tecnológicos, físicos y materiales, tanto de origen gubernamental, como de otras fuentes, de acuerdo a las prioridades nacionales de salud.


Comentarios

  1. Cuando hablamos de legislación en salud, tenemos muchos pensamientos negativos debido a la precariedad que vivimos en este ámbito, muchas veces solamente leemos y escuchamos pero no es algo que se vea reflejado en la salud publica, en Guatemala existen muchas leyes e instituciones que las hacen cumplir y velan porque así sea siempre como el MSAPS que cumple una primordial función cuando hablamos de Salud.

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  2. En muchas partes del mundo como en este país la medicina no esta tan desarrollada y tan buena ya sea que faltan muchas cosas como por ejemplo equipo, medicinas, persona y amor por la misma carrera, en Guatemala en varias instituciones tratan de cumplir siempre pero no cuentan con equipos suficientes como para hacerlo.

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  3. La legislación permite cumplimiento del mandato de velar desde el Estado, por el bien público en materia de salud, abordar los problemas de Salud Pública, para controlarlos y, si es posible, evitarlos o detenerlos oportunamente.

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  4. La legislación de la salud tiene como objetivo regular las acciones que se toman en cuanto la salud de las personas ya que hay ciertas acciones que pueden perjudicar la salud de los pacientes. por eso es necesario mantener reguladores y dar un mejor servicio médico.

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  5. La legislación en salud a través de leyes, decretos, reglamentos, resoluciones, entre otros, nos permite asegurar los derechos a la salud y seguridad de las personas, para el logro de los mayores estándares posibles de salud física y mental. Sin embargo, Guatemala presenta una deficiencia en este ámbito, a pesar de contar con dichas reglas e instituciones que velan por ellas, se ha convertido en un problema que nos afecta a nivel nacional.

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